Sistema de Transparencia

Con fecha 20 de agosto de 2008 se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 20.285 Sobre Acceso a la Información Pública, la cual comenzó a regir a contar del 20 de Abril de 2009, que tiene por objeto regular el principio de transparencia de la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a la publicidad de la información.

La Corporación Municipal Gabriel González Videla de La Serena se encuentra en un proceso de actualización de información, con el objeto de aumentar la calidad de los servicios que presta y la transparencia de su gestión.

Última actualización: 11/09/2026

1.2 Potestades y Marco Normativo de la Corporación / Potestades, Competencias, Responsabilidades, Funciones, Atribuciones y/o Tareas de la Corporación.

Potestades, Competencias, Responsabilidades, Funciones, Atribuciones y/o Tareas de la Corporación Fuente Enlace a la publicación o archivo

La Corporación no tendrá fines de lucro y su objeto será:

  • a) Administrar y operar servicios en las áreas de educación, salud y atención de menores que haya tomado a su cargo la I. Municipalidad de La Serena, adoptando las medidas necesarias para su dotación, ampliación y perfeccionamiento. En el cumplimiento de estas finalidades, la Corporación tendrá las más amplias atribuciones, sin perjuicio de las que en materia de supervigilancia y fiscalización corresponda a las Autoridades Públicas de acuerdo con las leyes y reglamento, y

  • b) Difundir en la opinión pública el conocimiento de los objetivos que impulsa la Corporación y las realizaciones que ella lleva a cabo.
  • Estatutos de la Corporación Municipal Gabriel González Videla, Artículo 3o.

  • Decreto Supremo No1414 de 1981 que Aprueba los Estatutos de la Corporación Municipal Gabriel González Videla.

La Corporación no tendrá fines de lucro y su objeto será colaborar con Ilustre Municipalidad de La Serena en la administración y operación de servicios que hayan sido delegados expresamente por el municipio, ya sea por decreto o convenio, conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Con todo, la Corporación, por acuerdo de la Asamblea General de Socios adoptado por la mayoría absoluta de los socios convocados a una sesión extraordinaria especialmente citada para tal efecto, podrá solicitar a la llustre Municipalidad de La Serena la revocación total o parcial de la delegación de uno o más de dichos servicios, o la reversión de su administración y operación al municipio. Dicha revocación o reversión se formalizará mediante el correspondiente decreto alcaldicio o convenio que al efecto suscriban la Municipalidad y la Corporación, de conformidad con la normativa vigente y sin perjuicio de las facultades propias del municipio para poner término a dichas delegaciones. En el cumplimiento de estos fines, la Corporación podrá desarrollar actividades complementarias, celebrar convenios con entidades públicas o privadas, y ejercer todas aquellas atribuciones necesarias para el adecuado cumplimiento de sus objetivos, dentro del marco de la legalidad. Asimismo, promoverá el conocimiento y la difusión de sus funciones, proyectos y logros en la comunidad, ya sea a través de la prensa escrita, como también de medios digitales y redes sociales. La Corporación deberá actuar con sujeción a los principios de responsabilidad fiscal, transparencia y uso eficiente de los recursos públicos que se le asignen o que administre, rindiendo cuenta conforme a la normativa aplicable.

  • Texto refundido y actualizado de los Estatutos, el cual reemplaza en lo pertinente al anterior.

  • Resolución N°75 que aprueba texto refundido y actualizado de los estatutos de la Corporación.